Nuevo curso impartido en la Universidad de Jaén

El pasado 16 y 17 de marzo del 2015, nuestro despacho ha impartido un curso en la Universidad de Jaén, bajo el título de “Marketing Jurídico; cómo ser competitivo en el mercado laboral”. 

El curso fue inaugurado por la Vicerrectora de Estudiantes e Inserción Laboral, Doña Adoración Mozas Moral, por la Vicedecana del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, Doña Carmen Vallejo Peña y por el coordinador del curso, y catedrático de Derecho Internacional Público, Don Juan Manuel de Faramiñán Gilbert.

El curso se estructuró en dos días, con las siguientes ponencias: el lunes 16 de marzo se impartió una primera ponencia bajo el título “El Abogado del presente y del futuro”, impartida por el socio de la firma Don Lisardo García Rodulfo y una segunda ponencia bajo el título “Marketing jurídico” por el también socio de la firma Don Bartolomé Cáffaro Bosch. El martes 17 de marzo finalizó la segunda ponencia y se impartió la tercera ponencia bajo el título, “Abogados, jóvenes emprendedores” impartida por el socio de la firma Don Juan Manuel de Faramiñán Fernández-Fígares. 

El lunes 16 de marzo se dedicó a exponer cuales deben ser las cualidades necesarias para el ejercicio de la profesión de Abogado. Se abordó el tema de la oratoria, de la necesidad de saber conversa en público y con el cliente; se trató el tema de las negociaciones, de conocer los puntos y fuertes y débiles de la postura que defendemos; se informó del tema de las relaciones con el cliente, siempre difíciles, ya que encontrar el término medio es muy complicado, pero necesario; se abordó el tema del despacho, como elemento físico, su ubicación, etc.; y, por último, en esta parte, se trató el tema del control del tiempo; hay que saber gestionar el tiempo, ya que de lo contrario, uno puede quedar presa del cliente y del despacho.

A continuación se impartió la ponencia de Marketing Jurídico destinado a informar de las nuevas tendencias que se están implantado en el mercado jurídico. Se informó de que los Abogados que sigan ejerciendo la actividad sin tomar en cuenta las nuevas tecnologías, a medio plazo pueden encontrare desfasados. La realidad social está cambiado hasta el punto que no se concibe un despacho sin ordenador, un móvil y una conexión a internet. Pero, la cuestión va más allá, ya que la realidad social nos está imponiendo una presencia efectiva en las redes sociales, hasta el punto de que aquel despacho que no esté presente en las redes sociales, puede perder potenciales clientes.  

Y el martes, previo a la clausura de las jornadas, se abordó la ponencia “Abogados, jóvenes emprendedores” con una breve exposición inicial del tema para desarrollar, a continuación, el tema de las dificultades y las oportunidades iniciales. Todo mercado tiene hueco, lo difícil es saber encontrarlo y adaptarnos a él. También se trató el tema de nueva Ley de Apoyo a los emprendedores y a la Ley de Propiedad Intelectual. Se trató el tema de las cualidades que debe desarrollar el letrado, esencialmente, sobre el tema de la ética en nuestra profesión y la necesidad de que sea un bastión fundamental. La realización de la actividad de Abogado, sin tener claros nuestros límites éticos y que supuestos y casos queremos o no defender, es un elemento esencial a tener claro en la profesión.

Carta para pedir la eliminación de las cláusulas suelo

Al objeto de facilitar su labor de reclamación, frente a las cláusulas suelo, le dejamos un modelo de escrito para iniciar los trámites.

Si lo desea, a través de la pestaña Contacto, puede solicitarnos el modelo que le remitiremos vía e-mail.

Llevar a la entidad bancaria dos copias y que os sellen una para acreditar la recepción.

 

Sr. Director de la Oficina de……..….. 

En……………, a … de……… de 2015

           Distinguido Sr. Director:

Me dirijo a usted como titular del  préstamo  hipotecario en cuyo contrato su entidad ha incorporado una cláusula de límite mínimo a la variación del tipo de interés aplicable, estableciendo un interés nominal anual mínimo del …. por ciento.  A efectos de facilitarles una completa y más rápida identificación, acompaño fotocopia de un recibo de dicho préstamo. 

A este respecto, indicarles que la mencionada cláusula, coloquialmente conocida como “cláusula suelo”, comporta un desequilibrio contractual  importante que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otra que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado. Con la incorporación de esta cláusula a mi contrato, la variabilidad del tipo de interés pretendida desaparece para convertir  este préstamo en la práctica en una operación a interés fijo y que, en todo caso, se utiliza para lograr un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de mis intereses como consumidor y correlativa ganancia de su entidad como prestamista. 

Estas meras consideraciones,  convierten la citada cláusula en abusiva por aplicación del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de  la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios , aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y por tanto ha de ser sancionada con la nulidad de pleno derecho y tenerse por no puesta en el contrato.

A estos mismos efectos, resulta necesario significarles que los Tribunales de justicia se han pronunciado reiteradamente en este sentido declarando la nulidad en un elevado número de procedimientos judiciales e incluso de forma reciente por el propio Tribunal Supremo en Sentencia de 9 de mayo de 2013 y posteriormente en dos sentencias más de febrero de 2015 que confirman la nulidad. 

Por todo lo expuesto, asimismo y dado que lamentablemente esta entidad decidió incorporar en mi contrato de préstamo esta cláusula de límite mínimo de tipo de interés, por medio del presente escrito,

LES REQUIERO: 

PRIMERO.– A la inmediata inaplicación de la cláusula de limitación mínima de la variación del tipo de interés de mi contrato de préstamo hipotecario (cláusula suelo), al objeto de que la próxima cuota a satisfacer se calcule conforme al índice de referencia pactado, vigente a la fecha pactada, y con el margen diferencial pactado. 

SEGUNDO.– El recálculo de las cuotas satisfechas en el préstamo, desde el 9 de mayo de 2013 hasta la última cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado. Acto seguido, procedan a abonar en mi cuenta (la misma en la que está domiciliado el abono del préstamo) el importe resultante de la diferencia entre la cantidad abonada por mí conforme a esa  cláusula de límite mínimo de tipo de interés y la que realmente hubiera debido abonar sin esa barrera. 

Sin otro particular, y a la espera de una respuesta por su parte que confío sea favorable a  las pretensiones formuladas -en aras a resolver este contencioso por la vía amistosa, sin acudir a otras vías- , reciba un cordial saludo,

 

 Fdo.: ………………………………..    Recibido y conforme (sello de la entidad)

   DNI nº

Nuestra firma, nuevamente, ha colaborado en un curso con la Universidad de Jaén

Los días 4 y 5 de Noviembre del 2015, nuestro despacho ha impartido un curso en la Universidad de Jaén, bajo el título de “Marketing Jurídico; cómo ser competitivo en el mercado laboral”. 

            El curso fue inaugurado por la Vicerrectora Doña María José Carazo y por el coordinador del curso, y catedrático de Derecho Público, Don Juan Manuel de Faramiñán Gilbert.

            El curso se estructuró en dos días, con las siguientes ponencias: el miércoles 4 de Noviembre se impartieron dos ponencias bajo el título “El Abogado del presente y del futuro”, impartida por el socio de la firma Don Lisardo García Rodulfo y una segunda ponencia bajo el título “Marketing jurídico” por el también socio de la firma Don Bartolomé Cáffaro Bosch. El jueves 5 de Noviembre finalizó se impartió la tercera ponencia bajo el título, “Abogados, jóvenes emprendedores” impartida por el socio de la firma Don Juan Manuel de Faramiñán Fernández-Fígares, para terminar con un coloquio con todos los asistentes.

El miércoles 4 de Noviembre se dedicó a exponer cuales deben ser las cualidades necesarias para el ejercicio de la profesión de Abogado, abordándose el tema de la oratoria, la necesidad de saber conversa en público y con el cliente; se trató el tema de las negociaciones, de conocer los puntos y fuertes y débiles de la postura que defendemos; se informó del tema de las relaciones con el cliente, siempre difíciles, ya que encontrar el término medio es muy complicado, pero necesario; se abordó el tema del despacho, como elemento físico, su ubicación, etc.; y, por último, en esta parte, se trató el tema del control del tiempo; hay que saber gestionar el tiempo, ya que de lo contrario, uno puede quedar presa del cliente y del despacho.

A continuación se impartió la ponencia de Marketing Jurídico destinado a informar de las nuevas tendencias que se están implantado en el mercado jurídico. Pero, primero es necesario conocer la estructura actual de los despachos, saber lo que es Marketing Jurídico, saber con qué herramientas de gestión se cuenta y saber cómo hay que llevarlas a la práctica. La necesidad de incorporar las nuevas tecnologías a los despachos profesionales, es vital en un entorno altamente competitivo, como es el actual.

            Y el jueves, previo a la clausura de las jornadas, se abordó la ponencia “Abogados, jóvenes emprendedores” con una breve exposición inicial del tema para desarrollar, a continuación, el tema de las dificultades y las oportunidades iniciales. Se trató el tema de la calidad en el Abogado, de los ejemplos y fallos a tomar en consideración, de los primeros contactos con el cliente, de la primera consulta, de los trámites procesales y, sobre todo, de la deontología y de la ética profesional.. Después se abrió un participativo debate-coloquio, en el cual intervinieron la mayor parte de los asistentes al curso. 

Para cerrar el curso, estuvo presente, la Vicedecana del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, Doña Carmen Vallejo Peña y por el coordinador del curso, y catedrático de Derecho Público, Don Juan Manuel de Faramiñán Gilbert.